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Serán de venta obligatoria al BCV los dólares producto de: Exportaciones de bienes, servicios o tecnología; arrendamiento, servicios u otros derechos generados por bienes bajo régimen de Exportación Temporal; y exportación temporal de bienes y servicios.La Comisión de Administración de Divisas- CADIVIanunciará en los próximos días una nueva lista de usuarios de tarjetas de crédito, quienes presuntamente utilizaron de forma irregular al dinero plástico y violaron las dispocisiones del control de cambios. Así se difundió en nota de prensa llegada a nuestra redacción En otro orden de ideas, CADIVI informó que desde ayer primero de octubre entró en vigencia la providencia número 092 en la cual se establecen los requisitos y el trámite que los exportadores deben cumplir a los fines de confirmar o registrar la exportación de bienes, servicios o tecnología y demostrar la venta de divisas al Banco Central de Venezuela (BCV) cuando la operación represente un ingreso de divisas al exportador. Publicada en la Gaceta Oficial del 30 de septiembre de 2008, en la providencia se prevé el procedimiento a seguir en caso de: Pago anticipado, reintroducción de bienes de exportación al territorio aduanero nacional, exportaciones sujetas a financiamiento, el envío de muestras de un producto al exterior y la remisión de mercancías. De acuerdo con el artículo 10 de la citada providencia, serán de venta obligatoria al BCV los dólares producto de: Exportaciones de bienes, servicios o tecnología; arrendamiento, servicios u otros derechos generados por los bienes bajo régimen de Exportación Temporal; y exportación temporal de bienes y servicios. Todo apunta a endurecer el control de cambios REGRESAR


Fecha publicada: 03/10/2008
Fuente: Reporte
Tema: economia
Tags: El Dólar y Cadivi


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