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El economista José Guerra, ex director de investigaciones del Banco Central de Venezuela , indicó la mañana de este sábado que con la creación del Fondo Nacional de Desarrollo (Fonden) y la Ley de Contribución Especial sobre Precios Extraordinarios del Mercado Internacional de Hidrocarburos, aprobada por la Asamblea Nacional el 15 de abril de 2008, el Gobierno resta ingresos a los diferentes estados del país.
Ya que según sus palabras el Ejecutivo sólo tiene el manejo discrecional de los ingresos excedentarios por renta petrolera, 'cuando en realidad debe existir un organismo que distribuya el excedente de capital en las regiones directamente'.
'Con la reforma de la Ley del BCV de julio de 2005 y posteriormente con la creación del Fondo Nacional de Desarrollo (Fonden) el 30 de agosto de 2005, se institucionalizó un mecanismo que ha permitido el manejo discrecional y sin ningún tipo de control administrativo, de montos importante de divisas, cuyo gasto se ejecuta sin respetar lo establecido en las Leyes de Presupuesto', refirió Guerra.
Luego de hacer mención que la nueva ley de hidrocarburos definió los aportes, que pasen de los 70 dólares por barril petrolero, como una contribución con un solo objetivo: 'Que el excedente de las exportaciones petroleras, no entren al fisco nacional, los cuales deben generar el situado constitucional y que por mandato constitucional le corresponde a los estados de Venezuela'.
Pero en contraparte, y según el economista, el presidente Chávez Frías maneja estos recursos de manera írrita.
ART. 167 DE LA CONSTITUCIÓN
'En efecto, de acuerdo con el artículo 167 de la Constitución Nacional, 'son ingresos de los estados: Los recursos que correspondan por situado constitucional. El situado es una partida equivalente a un máximo del veinte por ciento del total de los ingresos ordinarios estimados anualmente por el Fisco Nacional, la cual se distribuirá entre los estados y el Distrito Capital en la forma siguiente: un treinta por ciento de dicho porcentaje por partes iguales y el setenta por ciento restante en proporción a la población de cada una de dichas entidades', explicó Guerra.
Vale destacar que el concepto de ingresos ordinarios hace referencia a un flujo de recursos que percibe el Estado de forma permanente.
'Es decir, se trata de ingresos que se captan sobre una base continua y regular durante más de un año. Esa definición es la que hace de las exportaciones petroleras un ingreso ordinario. De esta forma, cuando la Ley de Contribución Especial sobre Precios Extraordinarios del Mercado Internacional de Hidrocarburos se refiere a una 'aportación' en lugar de un impuesto, lo hace con el propósito de que las exportaciones petroleras no entren a la Tesorería Nacional y con ello se constituyan como ingresos ordinarios para luego ser asignados a los estados como corresponde según la Constitución', argumentó.
APORTES DE PDVSA
Igual sucedió con los aportes a Fonden realizados por Pdvsa entre septiembre de 2005 y abril de 2008, los cuales no ingresaron a las cuentas de la Tesorería en moneda nacional justamente para evitar entregarle a las entidades regionales el monto correspondiente y así obstaculizar la descentralización'.
Para Guerra estas 'argucias legales violan flagrantemente lo normado en la Constitución Nacional en el sentido del artículo 4, el cual establece que la República Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado. Por tanto, ha ocurrido un desvío de fondos que debían haberse dirigido a apuntalar al desarrollo de las entidades regionales y que han servido para conformar un presupuesto paralelo, manejado y gestionado directamente por el presidente de la República, sin que la partida de gastos esté sujeto al control y supervisión de los órganos competentes'.
Por último el ex director de investigaciones del ente emisor dijo que el monto de los recursos que dejaron de recibir las gobernaciones alcanza a los 3.726 millones de dólares.
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| Fecha publicada: 16/11/2008 Fuente: 2001 Tema: gobierno
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