La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la magistrada Luisa Estela Morales, declaró inadmisible la acción de amparo constitucional intentada por Carmen Alicia Romero y José Gregorio Romero contra Globovisión, por su supuesta participación en planes de magnicidio.
Los accionantes presentaron su demanda a partir de las declaraciones que Rafael Poleo diera el 13 de octubre en un programa de la televisora. El periodista opinó que la trayectoria del dictador italiano Benito Mussolini y la del presidente Chávez era idéntica.
'Por eso, yo digo con preocupación que Hugo va a terminar como Mussolini: colgado con la cabeza pa' bajo', comentó Poleo durante la transmisión.
Los demandantes argumentaron que Poleo actuó 'en concierto' con el canal de televisión para perpetrar un magnicidio. Sin embargo, la ponencia de Morales apunta que 'sólo cuando la amenaza, es decir, el daño que prontamente va a concretarse, sea inminente, factible y practicable por la persona a quien se le imputa el acto, hecho u omisión que se señala como lesiva, podrá admitirse la acción de amparo'.
La decisión se fundamentó en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. REGRESAR |