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Luego de otorgado el asilo por el Gobierno de Perú al alcalde de Maracaibo, Manuel Rosales, la cancillería venezolana ha insistido en que el líder opositor no es un perseguido político, sino que se fue del país para evitar la persecución jurídica en su contra.

Sin embargo, desde el pasado 18 de abril el diputado Ismael García denunció la existencia de un 'borrador' de la decisión del tribunal 19 de control del Área Metropolitana con respecto al caso de Rosales. En el documento la juez Reina Morandy ordena la apertura de un juicio oral y público, así como la reclusión del funcionario en el internado judicial de La Planta por existir peligro de fuga en su caso.

El acta de la audiencia se filtró dos días antes de la fecha pautada por la juez y contenía espacios en blanco que debían ser llenados luego, según procediera el acto pautado para el 20 de abril. A pesar de que todavía no se había escuchado a las partes ya existía un dictamen.

Como principal elemento para justificar la detención del líder político, Morandy resalta en el acta que Rosales se 'ocultó' durante el proceso y en que 'probablemente el valor de los bienes que tiene (Rosales) fuera del país supera los que tiene dentro del mismo'.

Asimismo toma en cuenta el 'Informe Definitivo de Auditoría Patrimonial' de fecha 19 de julio de 2007 redactado por la Contraloría General de la República. De acuerdo con este estudio, Rosales presentaba 'Fondos Administrados no Justificados' por Bs. 147.389.966 lo que constituye 24% de los recursos del alcalde que ascienden a Bs.F. 612 millones 931 836 mil.

Igualmente, en la auditoría se indica que se 'presume' la existencia de 'Fondos aplicados no Justificados' por la cantidad de Bs. 64.827.055,75. También se señala que la declaración jurada de patrimonio consignada por Rosales el 2 de julio de 2003 'no es considerada veraz, por cuanto el Declarante, al momento de su elaboración, omitió información relacionada al efectivo (Cuentas Bancarias) así como del pasivo, específicamente las tarjetas de crédito'.

En el acta se niegan las tres solicitudes de nulidad absoluta hechas por la defensa.

Para una de ellas se utiliza como fundamento una ponencia del ex magistrado del TSJ Luis Velásquez Alvaray. REGRESAR


Fecha publicada: 28/04/2009
Fuente: TalCual
Tema: politica

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