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Desde este miércoles 2 de mayo las empresas deberán solicitar la entrega de solvencias del Fondo de Ahorro Obligatorio de Vivienda (FAOV) en las oficinas del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (Banavih), ubicadas en la avenida Venezuela de El Rosal.

Anteriormente la solicitud y entrega de este documento se realizaba en las instalaciones del antiguo Consejo Nacional de la Vivienda (Conavi), ubicado en Las Mercedes, pero tras la supresión de dicho organismo a partir del 31 de diciembre de 2006, esta función fue asignada al Banavih en enero de 2007 por disposición de la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat (LRPVH).

La información se conoció mediante una nota de prensa del Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat (Minvih), la cual explica que las empresas registradas en los estados Miranda, Vargas y Distrito Capital, deben realizar la consignación de documentos en las oficinas del Banavih en Caracas.

Sin embargo, en el caso de empresas ubicadas en el resto del país la tramitación de las solvencias debe hacerse en las oficinas receptoras dispuestas en las Inspectorías del Trabajo, el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (Cajas Regionales) o en el Instituto Nacional de Cooperación Educativa (Ince), según resolución conjunta del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social (Mintrass) y el Minvih.

Vale destacar que la solvencia FAOV es requerida a los empresarios, por organismos como la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi), Mintrass, Notarías o Registros Públicos, para certificar que las empresas (públicas y privadas) se encuentran al día con los aportes habitacionales de sus empleados.

El FAOV es un fondo que está constituido por el ahorro obligatorio -individual y patronal- que tiene por objeto permitir a todo trabajador el acceso progresivo a créditos para la compra de vivienda principal, así como para la construcción de inmuebles, entre otros.

Dicho fondo se nutre del aporte que cada mes hacen los trabajadores, equivalente al 3% de su ingreso mensual (2% pagado por el patrono y 1% por el trabajador), así como de la recuperación de los créditos otorgados con dichos recursos. REGRESAR


Fecha publicada: 07/05/2007
Fuente: Reporte
Tema: leyes

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