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A partir de hoy todo funcionario público a nivel nacional, estadal y municipal que ingrese o cese en un cargo, no tendrá que acudir a la Contraloría General de la República ni a las contralorías estadales o municipales a presentar su Declaración Jurada de Patrimonio en forma manual, sino que deberá efectuarla en formato electrónico a través de la página web de la CGR: www.cgr.gov.ve, de acuerdo a las instrucciones dispuestas.

Mediante un comunicado de prensa, la CGR recuerda además que la Resolución del Contralor General de la República N° 01-00-057 del 26-03-2009, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.148, de fecha 27-03-2009, exige la presentación anual de la Declaración Jurada de Patrimonio a los altos funcionarios de los órganos y entes del Poder Público nacional, estadal y municipal en el lapso comprendido entre el 1° y el 31 de julio de cada año. Entre dichos cargos se encuentran: Presidente y Vicepresidente de la República, diputados ala Asamblea Nacional, Magistrados del TSJ y de las Cortes 1° y 2° de lo Contencioso Administrativo, Directiva del CNE, Fiscal General de la República y Vicefiscal, Defensor del Pueblo y Director Ejecutivo de la Defensoría del Pueblo, Contralor General de la República y Subcontralor, Gobernadores de estado y Secretarios de Gobierno, Legisladores a los Consejos Legislativos Estadales, Alcaldes Distritales y Municipales, así como Concejales Distritales y Municipales.

De acuerdo con la mencionada resolución, también están obligados a presentar anualmente su Declaración Jurada de Patrimonio actualizada: los altos funcionarios al servicio de los órganos y entes señalados en los numerales del 1 al 11 del artículo 9 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal que desempeñen funciones permanentes o transitorias, remuneradas o gratuitas, originadas por una elección popular, por nombramiento o contrato otorgado por la autoridad competente.
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Fecha publicada: 02/07/2009
Fuente: Últimas Noticias
Tema: gobierno

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