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La creación de nuevo canal dos fue autorizada formalmente según lo establece el Decreto 5.349 publicado en la Gaceta Oficial fechada el viernes 11 de mayo y que circula hoy.

En el decreto en cuestión se da luz verde para que se cree la Fundación Televisora Venezolana Social (Teves) que "tendrá por objeto el uso, aprovechamiento y administración de una concesión de señal de televisión abierta, en frecuencia VHF y sus respectivas habilitaciones administrativas, otorgadas bajo el amparo de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, solo como instancia o medio de transmisión, no teniendo como función lo producción o generación de contenido o material audiovisual".

Esta fundación tendrá personalidad jurídica y patrimonio propio y estará adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información.

El nuevo canal tendrá la oportunidad de ejercer sus actividades en todo el territorio nacional e incluso más allá de nuestras fronteras, y para ello podrá establecer "dependencias y oficinas en cualquier lugar del país o en el exterior, que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto social, previa autorización del Consejo Directivo y posterior aprobación del órgano de adscripción". El domicilio oficial será la ciudad de Caracas.


ASÍ ES LA COSA
La fundación tendrá al frente un Consejo Directivo que estará integrado por siete miembros, "cuya designación y funciones será establecida en el Acta Constitutiva Estatutaria de la Fundación y será administrada por un Presidente Ejecutivo, designado por el Ministro del Poder Popular para la Comunicación y la Información".

En principio su patrimonio estará constituido por un aporte inicial de 100% asignado por la República y "el aporte que anualmente le asigne la Ley de Presupuesto".

El decreto establece que también podrá recibir donaciones y aportes de las instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, además de los ingresos que obtenga en el desarrollo de sus actividades.

La decisión presidencial especifica tajantemente que las donaciones y aporte realizados por las personas jurídicas o naturales que así lo deseen hacer, "no otorgan a éstas derecho alguno, ni facultad para intervenir en la dirección, administración y funcionamiento de la Fundación. De los aportes recibidos por la Fundación, esta deberá dar cuenta al Estado venezolano, a través de su órgano de adscripción".


LA JUSTIFICACIÓN
El decreto indica que esta medida se realiza en función del deber que tiene el Estado de "garantizar a los ciudadanos el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e ínterdependiente de los derechos humanos, entre ellos el derecho a la libertad de expresión consagrado en nuestra Carta Magna...".

La Fundación Teves tendrá entre sus funciones diseñar la programación, garantizar la transmisión de las producciones emanadas de la colectividad y proporcionar, instalar y administrar toda la plataforma tecnológica y la infraestructura necesaria para su operatividad REGRESAR


Fecha publicada: 15/05/2007
Fuente: El Mundo
Tema: medios

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