El total de colocaciones bancarias en el sector agrícola alcanzó en abril del corriente año 7,6 billones de bolívares, según el informe mensual de la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras (Sudeban).
Este total incluye la cartera de créditos bruta agrícola, la cual se ubicó en 7,5 billones de bolívares, más otras colocaciones en el sector que fueron por 88 millardos de bolívares, lo que refleja un aumento de 91 millardos de bolívares, equivalente a 1,21% en relación con marzo de este año.
Estas colocaciones representan 11,97% del total de la cartera de créditos bruta al 31 de diciembre de 2006.
Según Gaceta Oficial número 38.618, del 2 de febrero de 2007, el porcentaje mínimo obligatorio de la cartera de créditos bruta que los bancos universales y comerciales deben destinar para financiar el sector agrícola debe ser de 16% para abril de 2007.
Entre tanto, el total de colocaciones a microempresarios se ubicó en 3,053 billones de bolívares, el cual incluye cartera de créditos bruta al sector microempresario por 3 billones de bolívares, más otras colocaciones al sector microempresario por 53 millardos de bolívares, lo cual refleja un aumento de 2,37% en comparación con el mes precedente.
De acuerdo con el informe de la Sudeban, estas colocaciones y créditos a microempresarios constituyen 4,86% del total de la cartera bruta de créditos al 31 de diciembre de 2006, superando en 1,86 puntos porcentuales el porcentaje obligatorio de 3%.
Por su parte, el total de colocaciones en el sector turístico se estableció en 890 millardos de bolívares, el cual incluye cartera de créditos bruta al sector turístico por 640 millardos de bolívares, más otras colocaciones al sector turístico por 250 millardos de bolívares, que representó un alza de 5,01% con relación a marzo de este año.
Estas colocaciones representan 1,40% del total de la cartera bruta de créditos al 31 de diciembre de 2006.
Tal y como lo establece la Gaceta Oficial número 38.621, del 7 de febrero pasado, los bancos universales y comerciales deben destinar un porcentaje mínimo obligatorio de su cartera de créditos bruta al financiamiento del turismo a partir del 31 de marzo de 2007, de 1,5% calculado sobre el saldo de la cartera de crédito bruta al 31 de diciembre de 2006. REGRESAR |