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Este lunes, el Banco Central de Venezuela (BCV) publicó, a través de su página web www.bcv.org.ve, los lineamientos para realizar operaciones de compra de títulos valores mediante el Sistema de Transacciones en Moneda Extranjera (Sitme).

De acuerdo al instructivo oficial, se establece que las personas jurídicas domiciliadas en el país podrán adquirir títulos a través del Sistema hasta un máximo de un valor efectivo equivalente a 50.000 dólares diarios, siempre que no exceda de un valor efectivo equivalente a 350.000 dólares mensuales (no acumulativo).

De igual manera, las personas naturales y las personas jurídicas domiciliadas en el país, demandantes de operaciones de compra de títulos a través del Sitme, deberán tener una antigüedad no menor de 45 días continuos como cliente de la Institución Financiera Autorizada.

El BCV fijó, además, que las personas naturales podrán adquirir títulos a través del Sitme cuando se encuentren en cualesquiera de los siguientes supuestos, para un máximo de un valor efectivo equivalente a 1.000 dólares mensuales, siempre que no exceda de un valor efectivo equivalente a 6.000 dólares anuales (no acumulativo), para la adquisición de divisas destinadas a transferencias por concepto de remesas a familiares en el exterior.

Hasta un máximo de un valor efectivo equivalente a 5.000 dólares anuales para adquisición divisas para gastos de estudios en el exterior, la adquisición de divisas destinadas a atender gastos de consumo para viajes al exterior y para adquisición de divisas destinadas al pago de bienes requeridos para la prestación de servicios profesionales.

Asimismo, hasta un máximo de un valor efectivo equivalente a 10.000 dólares anuales para casos especiales de salud, educación, cultural y deportivo, cuyos beneficiarios necesiten adquirir divisas para atender los gastos en los rubros referidos.

El BCV reiteró que los lineamientos, así como el resto de la normativa dictada en materia de las operaciones a través del Sitme, están dirigidas a regular las operaciones de compra y de venta, en bolívares, de títulos valores denominados en moneda extranjera, emitidos o por emitirse por la República REGRESAR


Fecha publicada: 15/06/2010
Fuente: ABN
Tema: economia
Tags: El Dólar y Cadivi


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