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Los que vendan más de $20.000 recibirán pena de prisión de dos a seis años
En la propuesta de reforma de la Ley de Ilícitos Cambiarios que adelanta la Asamblea Nacional (AN) se amplía el plazo para que las infracciones administrativas prescriban.

En el proyecto elaborado por una subcomisión especial se indica que las infracciones y las sanciones prescribirán en un plazo de cinco años, y el período comenzará a contarse desde la fecha en la cual se haya cometido la infracción.

En el texto vigente desde 2005 se establece que la caducidad de las infracciones es por tres años. En la propuesta los diputados indican que "es conveniente ampliar el término de la prescripción en beneficio de las acciones que pueda intentar el Estado para sancionar".

Ampliación
El diputado Rafic Souki, miembro de la subcomisión especial, manifestó que solamente cinco artículos tendrán cambios de fondo y más allá de los ajustes en los procedimientos sancionatorios se efectuarán cambios en la aplicación de los ilícitos, así como en la institución que se encargará de las sanciones.

En la propuesta se revisa el artículo 6 y la nueva disposición indica que "quien en varias operaciones ocurridas en un mismo año, sin intervención del Banco Central de Venezuela compre, venda, transfiera o reciba divisas por un monto igual o menor a 20.000 dólares, será sancionado en bolívares con multa equivalente al doble de la operación y quien cometa el mismo delito por un monto mayor a 20.000 dólares, también será multado con el doble del monto de la operación y será sancionado con prisión de dos a seis años".

Con esa modificación se amplía el rango de las sanciones, debido a que serán multados aquellos que realicen transacciones en el mercado paralelo por cantidades bajas.

En el instrumento vigente se indica que "quien en contravención de los convenios compra, venda, enajene, transfiera, reciba, exporte e importe divisas entre 10.001 dólares hasta 20.000 dólares será sancionado con multa equivalente en bolívares al doble del excedente de la operación. Quien cometa el mismo delito hasta 20.001 dólares será penado con prisión de dos a tres años y multa equivalente en bolívares al doble del excedente de la operación".

Los parlamentarios mantienen el aparte de que las personas naturales y jurídicas tienen que reintegrar las divisas al Banco Central de Venezuela.

Souki reiteró que en la reforma a la Ley de Ilícitos Cambiarios, la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi) será la que impondrá las sanciones en lugar de la dirección especial creada en el Ministerio de Finanzas. Por tal motivo, se añadirá una disposición transitoria a fin de que el organismo tenga tiempo para adaptarse al marco.

Solvencia
Cadivi notificó en un comunicado que incrementó de 30 a 60 días el período de gracia otorgado, luego del vencimiento de la solvencia del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (Faov), emitida por el Banco Nacional de la Vivienda y Hábitat (Banavih). Eso significa que los usuarios tendrán dos meses para consignar esta solvencia ante el ente, una vez que la misma haya caducado. REGRESAR


Fecha publicada: 07/06/2007
Fuente: El Universal
Tema: economia
Tags: El Dólar y Cadivi


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