Lo antes mencionado se realizó luego de que Carlos Manuel Arvelaiz Herrera, asesor jurídico por parte de Conatel, decidió admitir cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes.
ADMITEN PRUEBAS
DE GLOBOVISIÓN
Por otra parte luego de que las empresas Mercantil Corpomedios G. V. Inversiones, C. A., presentaran pruebas, una vez que Conatel realizó la demanda, el Juzgado de Sustanciación decidió admitir el mismo.
Es importante resaltar que basados en el articulo 436 del Código de Procedimiento Civil, se intimó a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), a presentar nuevamente las pruebas.
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, el Juzgado acordó oficiar al Ministerio de Infraestructura, y a la sociedad mercantil Covetel, S. A., a fin de que en un lapso de diez días informen y remitan al Juzgado lo relacionado con la solicitud del promovente en el referido capítulo. REGRESAR |